jueves, 16 de junio de 2016

EL PERIODO DE LA VAGANCIA

TABLA DE CONTENIDO


      I.       I. INTRODUCCIÓN.
    II.       II. GLOSARIO.
   III.       III. OBJETIVO.
  IV.        IV. JUSTIFICACIÓN.
   V.        V. EL PERIODO DE LA VAGANCIA.
  VI.        VI. CONCLUSIÓN.
 VII.       VII.  BIOGRAFÍA.
VIII.        VIII. FICHA BIBLIOGRÁFICA.




I. INTRODUCCIÓN

Se realiza en relación con el problema de la opinión pública y la construcción de una justicia política para la República. A través del análisis de la normatividad, los informes oficiales y la prensa, se rastrean las significaciones de la vagancia, las transformaciones y permanencias de las políticas contra esta y las discusiones dadas en relación con la pobreza y la exclusión. De esta manera, se busca dar cuenta de las consideraciones de esta en competencia a las virtudes republicanas como un problema en que se articulan los campos de la moral, la economía y la política, y de cómo y por qué el vago se convirtió en sujeto de leyes y policía, quienes buscaron controlarlo y sujetarlo por medio de la instrucción, el trabajo y la colonización.

El problema de la vagancia como campo de estudio desde la historia en Colombia surgió a partir de la década de 1990, trabajada en relación con la pobreza, la moral, la caridad y la política.


II. OBJETIVO
Conocer en que consistía la ley contra la vagancia y que era.
 III. JUSTIFICACIÓN
Esta ley se realiza no solo por una cuestión propia de la claridad y la beneficencia, sino también como una cuestión de policía, estableciendo a todos los sujetos practicantes a la vagancia., convirtiéndolo en un individuo útil, e integrarlo de nuevo a la saciedad donde ya no se marginado o tachado como un vago.

IV. EL PERIODO DE LA VAGANCIA

Durante este periodo, la pobreza y la criminalidad habían aumentado. Esta situación de desorden motivó acciones para su resolución, por lo que, por medio de la ley, el Congreso intentó dar respuesta a las peticiones de la comunidad política que, por un lado solicitaba la creación de cargos e instancias judiciales, y la modificación de la justicia por medio de audiencias sumarias y aumento en las penas que desembocaron en leyes penales que agilizaran los términos de los procesos y dieron una ruta para llevar a cabo el procedimiento penal.

En consecuencia, en 1826 se promulgó una ley de carácter extraordinario por Francisco de Paula Santander en calidad de vicepresidente, que tenía el fin de contrarrestar los hurtos y los homicidios, regular la actuación de los burócratas judiciales, establecer una cooperación entre el poder político y el judicial y agilizar los procedimientos. Ello significó una reducción en tiempos y en requerimientos en comparación con la antigua ley colonial.  La vagancia fue incluida dentro de esta ley que la reafirmaba como un delito -puesto que está ya había sido considerada como tal en la Colonia- y, adicionalmente, la señalaba como la precursora del hurto, y la situaba como una contravención a los derechos individuales de los ciudadanos, especialmente contra la propiedad y la seguridad. Por lo que, en las consideraciones de esta ley, se hizo explícito el problema de la desmoralización de ciertos hombres a causa de la "dilatada guerra", que se convirtieron en vagos, ociosos y mal entretenidos y de los cuales nació el crimen y el delito.


V. CONCLUSIONES

La vagancia durante la primera mitad del siglo XIX fue cobrando un nuevo significado no solo como una cuestión propia de la caridad y la beneficencia, sino también como una cuestión de policía. El vago, considerado como un sujeto excluido/desafiliado socialmente, se definía por la ruptura de vínculos sociales en distintos niveles, que lo llevaban al margen de la estructura social y lo hacían un sujeto indeseado, aun dentro del grupo de los pobres. 

Los gobiernos republicanos ofrecieron un marco legal que permitió no solo establecer los sujetos y las prácticas referidas como vagas y vagancia, sino también las condenas. Estas fueron un punto esencial en el manejo que se le dio a la vagancia, pues buscaban reformar el cuerpo del vago -más que escenificar su falta- al hacerlo un individuo útil, e incorporarlo en el campo de la moral, la política y la economía.

Sin embargo, tanto el problema de la vagancia como sus leyes fueron objeto de discusión y crítica por la prensa de la época. En muchos de estos documentos se proponían ajustes a los procedimientos y a las condenas, y se demandaba, en algunos casos, un manejo distinto del problema. La prensa, inscrita como un espacio de opinión pública, evidenció la importancia que la comunidad política dio a la creación y modificación de leyes, al manejo de los problemas sociales asociados a la vagancia, la indigencia, la prostitución y la libertad de esclavos, y a la implantación de un orden social, en el cual se pudieran controlar los vicios y cultivar las virtudes. Aunque estas políticas y acciones normativas, que buscaron un control y sujeción de los vagos dieron continuidad a algunas concepciones y políticas coloniales, se inscribieron en el ámbito republicano y se revistieron de nuevos sentidos, en coherencia con los proyectos políticos de la época.

VI. BIOGRAFÍA


EL PODER LEGISLATIVO

El poder legislativo por definición, es el poder que hace las leyes, facultad que implica la posibilidad de regular, en nombre del pueblo, los derechos y las obligaciones de sus habitantes en consonancia con las disposiciones constitucionales.

Un Congreso bicameral formado por el Senado (100 miembros elegidos por circunscripción nacional por un periodo de cuatro años y un número adicional de 2 senadores elegidos en circunscripción especial por comunidades indígenas) y la Cámara de Representantes, conformada por ciento sesenta y seis miembros elegidos por 4 años, de los cuales ciento sesenta y uno representan a las circunscripciones territoriales (departamentos y el Distrito Capital). A razón de 2 por cada circunscripción y uno más por cada 250.000 habitantes o fracción mayor de 125.000; los cinco restantes representan a las comunidades afrocolombianas (dos), los indígenas (uno), los colombianos residentes en el exterior (uno) y las minorías políticas (uno).

El Poder Legislativo es el encargado de elaborar las leyes que rigen nuestro país. Cuando se hace necesario modificar una ley o crear una nueva, son los diputados, senadores o el presidente los encargados de hacer la propuesta, que también se llama iniciativa de ley, en ella plantean los motivos para modificar o crear la ley, así como los artículos que la componen.

La iniciativa de ley es analizada, discutida y aprobada por todos los diputados y senadores; el presidente es el encargado de promulgarla, esto es, firmarla para que sea publicada en el Diario Oficial de la Federación, que es el periódico donde se dan a conocer todas las nuevas leyes, reglamentos, normas y estatutos, que regirán la convivencia de nuestra sociedad.
VII. FICHAS BIBLIOGRÁFICAS

http://www.tareasya.com.mx/index.php/tareas-ya/primaria/sexto-grado/civismo/1344-%C2%BFQui%C3%A9n-hace-las-leyes?.html


POR: Michell Cárdenas Murillo (2014)
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